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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2012-6190
Ley del Área Metropolitana de Vigo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2012/05/09
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La asamblea metropolitana aprobará, en el plazo máximo de seis meses desde la celebración de su sesión constitutiva, el plan metropolitano cuatrienal de actividades, obras y servicios, elaborado por la junta de gobierno metropolitana, en el cual deberán figurar expresamente:
a) Los objetivos del área metropolitana durante ese período.
b) Los servicios, actividades e infraestructuras de competencia metropolitana que se van a acometer.
c) Las fases de ejecución de los servicios, actividades e infraestructuras de competencia metropolitana citados.
d) Los recursos económicos necesarios para la ejecución de dichos proyectos, que deberán estar recogidos en el plan de financiación incluido en él.
2. La competencia para la elaboración del proyecto del plan corresponderá a la junta de gobierno metropolitana, que lo someterá durante el plazo de un mes al informe del comité de cooperación previsto en la presente ley en lo que afecte a los servicios de competencia concurrente, y a la información pública, para posteriormente elevarlo a la asamblea metropolitana, a efectos de su aprobación, junto con el informe emitido por el comité de cooperación y con las alegaciones que, en su caso, se hubiesen producido en el trámite de información pública.
3. Las obras y servicios comprendidos en el plan metropolitano cuatrienal llevarán implícitas, una vez aprobado este, la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados para los fines de expropiación o imposición de servidumbres.