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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2012-7755
Reglamento del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2012/06/11
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Defensa
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La convocatoria deberá contener:
a) Lugar, día y hora de la reunión.
b) Orden del día.
c) Acta de la sesión anterior.
2. Los miembros del Consejo de Personal recibirán la convocatoria de las sesiones del pleno y los informes y documentación que se precisen en el domicilio social de la asociación o por el medio electrónico que se fije con la respectiva asociación, con una antelación mínima de siete días para las ordinarias y de dos días para las extraordinarias.