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1. Los objetivos aprobados en el mandato-marco serán desarrollados en el contrato-programa acordado por el Consejo de Gobierno con Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, para un periodo de tres años.
2. El contrato-programa deberá concretar, al menos, los siguientes extremos:
a) Los objetivos específicos a cumplir por Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, en el ejercicio de la función de servicio público en los términos establecidos en el mandato-marco.
b) Los porcentajes de géneros de programación.
c) Las aportaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias.
d) Los mecanismos de control de ejecución del contrato-programa y el sistema de evaluación del cumplimiento de objetivos.
e) Los efectos que habrán de derivarse del incumplimiento de los compromisos acordados.