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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2014-12408
Ley 29/2014, de Régimen del Personal de la Guardia Civil
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2014/11/29
Rango:
Ley
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Al Consejo de Ministros, como órgano colegiado del Gobierno, le corresponde:
a) Fijar periódicamente las plantillas reglamentarias para los distintos empleos y escalas.
b) Aprobar las provisiones de plazas mediante las correspondientes ofertas de empleo.
c) Desarrollar las directrices generales de promoción y ascenso de los guardias civiles.
d) Ejercer las demás competencias que se le atribuyen en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico.