El transporte de cartuchería metálica en cantidad superior a 5.000 unidades, y superior a 12.000 en el caso del calibre 22, así como de mecha de seguridad con destino a fabricación de artículos pirotécnicos, siempre que el transporte de la materia se realice cortada en trozos que no superen los 45 centímetros de longitud y la cantidad de materia neta reglamentada transportada sea igual o superior a los 450 kilogramos, también le será de aplicación lo dispuesto en la ITC número 11, así como en la normativa de Seguridad Privada.