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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-12054
Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/11/07
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Los artículos pirotécnicos no se comercializarán para personas por debajo de las edades mínimas indicadas a continuación:
a) Artificios de pirotecnia:
i. Categoría F1: 12 años
ii. Categoría F2: 16 años
iii. Categoría F3: 18 años
b) Otros artículos pirotécnicos y artículos pirotécnicos destinados al uso en teatros: Categorías T1 y P1: 18 años