Los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire para el personal de los Cuerpos específicos de los Ejércitos, y el Subsecretario de Defensa para el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, desarrollarán mediante instrucción la composición de los emblemas que sean representativos de los distintos cuerpos y especialidades fundamentales, y otros emblemas especiales que entren dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.