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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1969-38
Servicio Central de Suministros de material mobiliario y de oficina
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1969/01/13
Rango:
Decreto
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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La adquisición de material mobiliario y de oficina inventariable y no inventariable, sea cualquiera su calificación jurídica (compraventa o suministro), se adjudicará por concurso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratos del Estado.
La contratación directa sólo podrá tener lugar en los supuestos señalados en el articulo ochenta y siete de dicha Ley y artículo doscientos cuarenta y siete del Reglamento para su aplicación. No obstante, aun en el caso de que la adquisición se realice por contratación directa, deberá solicitarse por las Juntas de Compras o por los funcionarios habilitados, precios y condiciones de las más importantes casas (en número no inferior a tres) que se dediquen a la fabricación o venta de los objetos a adquirir, todo ello mientras no se haga uso de la autorización al Servicio Central de Suministros para centralizar las adquisiciones del mobiliario y material de oficina.