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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1989-7773
Ley Foral 2/1989, Reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1989/04/08
Rango:
Ley Foral
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La empresa organizadora de un espectáculo o actividad recreativa de los que requieren autorización expresa previa deberá solicitarla con la debida antelación, indicando la denominación y características del mismo, los artistas o ejecutantes que deban tomar parte, el lugar donde se desarrolle, las fechas y horarios, y todas las demás circunstancias que se señalen para cada caso.
2. Cuando el acceso al espectáculo o actividad recreativa se realice mediante localidades, éstas deberán ponerse a la venta en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, de modo que se asegure la posibilidad de concurrencia al público en general en, al menos, una parte del total del aforo.
Queda prohibida la reventa callejera o con recargo sobre el precio establecido por las empresas.