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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1990-28240
Ley de Museos
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1990/11/24
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Corresponderá al Consejero de Cultura autorizar el depósito en un museo de bienes culturales pertenecientes a la Generalidad de Cataluña.
2. La salida de un bien cultural de la Generalidad de un museo, aunque tenga carácter temporal, requiere la autorización del Consejero de Cultura, previo informe de la Junta de Museos. Dicho informe no será preceptivo en los casos de salidas técnicas.