Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
No podrá promoverse la venta de los bienes que se hallaren en litigio; si éste se suscitase después de iniciado el procedimiento de enajenación, quedará provisionalmente suspendido.
Salvo en dicho supuesto, una vez anunciadas las subastas, sólo podrán suspenderse por resolución del Consejero de Hacienda, Economía y Planificación fundada en documentos fehacientes que prueben la improcedencia de la venta.