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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1995-18545
Ley de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1995/08/02
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Madrid
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Todos los menores tienen derecho al juego y al ocio como elementos esenciales de su desarrollo.
2. Los juguetes deberán adaptarse a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes a que vayan destinados y al desarrollo psicomotor de cada etapa evolutiva, reuniendo las condiciones de seguridad que la normativa establezca.
1. La Administración Autonómica fomentará cuantas medidas faciliten el turismo de los menores dentro de la Comunidad de Madrid, bien en grupos escolares o asociativos, bien con su familia.
2. Del mismo modo, las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid favorecerán:
a) Las actividades de ocio en los barrios y municipios, gestionados por entidades vecinales o asociativas con la colaboración de los menores.
b) El deporte y las actividades de tiempo libre, tanto en el medio escolar como a través de la acción comunitaria.
c) El desarrollo del asociacionismo infantil y juvenil para el ocio.
3. En todas las actuaciones citadas, las Administraciones implicadas favorecerán la coeducación y la integración de los menores.