Dos. Cuando así se determine en la correspondiente Orden Ministerial, el desarrollo y venta de programas o aplicaciones informáticas destinados a la generación por ordenador de declaraciones, declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones ajustadas a los modelos y características técnicas aprobadas por el Ministerio de Economía y Hacienda, así como el diseño, impresión, distribución y venta de los impresos, corresponderá en exclusiva a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, quien podrá realizar tales actividades directamente o por medio de contrato o convenio.