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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-15799
Ley de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/07/20
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Madrid
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Los demás sujetos integrantes del sector público madrileño quedan sometidos a la obligación de rendir a la Cámara sus cuentas, con arreglo a su respectivo régimen de contabilidad, dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación de las mismas, y en todo caso, a la fecha en que finalice el plazo para su aprobación.