KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-15799
Ley de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/07/20
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Madrid
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. La iniciativa fiscalizadora corresponde a la propia Cámara de Cuentas y a la Asamblea de Madrid.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los sujetos integrantes del sector público madrileño, respecto de sí mismos y previo acuerdo de sus órganos competentes, podrán interesar igualmente la actuación fiscalizadora de la Cámara de Cuentas.
3. La iniciativa a que se refiere el apartado segundo de este artículo habrá de ser realizada ante la Asamblea de Madrid y tramitada conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara.
4. Los procedimientos de fiscalización se tramitarán de oficio y se ajustarán a las prescripciones de esta Ley y disposiciones de desarrollo y, en su defecto, a las disposiciones de la legislación reguladora del procedimiento administrativo común.