Al menos cada cuatro años el CSIC someterá su actividad investigadora a evaluación por la Agencia Estatal de Evaluación, Financiación y Prospectiva de la Investigación Científica y Técnica, prevista en la disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos.