1. Se creará y desarrollará una red de centros integrados de formación profesional, en colaboración con la Consejería competente en materia laboral, que impartirá la oferta correspondiente a los subsistemas de formación profesional, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y conducente a la obtención de los títulos y certificados de profesionalidad, a la que hace referencia la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.