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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2014-10577
Sector Público Audiovisual
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2014/10/18
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El Director cesará por las causas y en los términos previstos en el artículo 16.
2. El cese del Director comporta su cese como consejero.
3. Producido el cese, el Consejo de Administración podrá nombrar por mayoría de dos tercios un Director en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Director, que será nombrado conforme a lo dispuesto en el artículo 20.