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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-4103
Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/04/16
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Los espacios naturales protegidos, en la propia norma de declaración, podrán dotarse de zonas periféricas de protección en el exterior de todo o parte de su perímetro, destinadas a evitar impactos ecológicos o paisajísticos de influencia negativa que procedan del exterior. Tales zonas periféricas de protección no tendrán consideración de espacio natural protegido.
2. La regulación de los usos y actividades en las zonas periféricas de protección se establecerá en las normas por las que se declaren o en los instrumentos de planificación de los espacios naturales protegidos que les sean de aplicación.