La nueva entidad que resulte de la fusión debe ser inscrita en el Registro de Cajas de Ahorro siempre que su domicilio social radique en el Principado de Asturias. En tal caso, los Estatutos, así como la pertinente documentación de la nueva entidad o, en su caso, las modificaciones de los Estatutos, deberán obtener la aprobación de la Consejería competente en materia económica y presupuestaria, que podrá ordenar la modificación de aquellos preceptos estatutarios que no se ajusten a la legislación vigente.