Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. Los explosivos deberán ser cargados o descargados directamente de buque a vehículo o viceversa. Los explosivos no se almacenarán ni manipularán sobre los muelles o tinglados, salvo autorización de la autoridad portuaria y con las medidas de seguridad que establezca la Intervención de Armas y Explosivos correspondiente.
2. Durante las operaciones de carga y descarga de explosivos, los vehículos cargados que estén en espera permanecerán a una distancia prudencial del buque en el que se realiza estas operaciones, no inferior a cien metros.